La Administración Federal de Ingresos Públicos (ARCA) lanzó las normas para el recupero de créditos fiscales de IVA bajo el Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI). La Resolución General ARCA 5922/2026, que entrará en vigor el 6 de noviembre de 2026, detalla cómo se debe presentar la presolicitud, cómo se puede consultar el cupo fiscal por comprobante y el informe que debe proporcionar el contador.
El beneficio establecido en el artículo 183 de la Ley 27.802 se aplica a quienes cumplan con las condiciones del régimen y posean créditos fiscales originados por inversiones productivas incluidas dentro del RIMI. Una vez que hayan pasado tres períodos fiscales mensuales desde el momento en que se debía computar el crédito, estos montos podrán ser utilizados para cancelar deudas tributarias o solicitan su devolución.
El artículo 2 modifica el Capítulo D del Anexo I de la RG ARCA 5889. Para iniciar el trámite, el contribuyente debe acceder a la solapa de Presentación de presolicitud en el Sistema de Gestión de Inversiones (SGI), la cual estará disponible del 1 al 10 de febrero, mayo, agosto y noviembre. El cupo fiscal puede ser consultado a partir del 15 de cada uno de esos meses.
El cupo se asigna por comprobante, y es posible renunciar a él antes de solicitar el recupero a través del SIR. El SGI impone restricciones a la reasignación y eliminación de comprobantes con cupo, además de bloquear cualquier edición de los períodos de las declaraciones juradas o de los montos asignados de IVA computable.
Los comprobantes que cuenten con cupo disponible son importados en el Sistema Integral de Recupero (SIR). La RG 5922 añade el código 012 al Formulario 8147 y agrega el Anexo IV a la Resolución General (AFIP) 5173/2022, permitiendo hasta cuatro solicitudes dentro de un año calendario, distribuidas en febrero, mayo, agosto y noviembre.
Entre otros requerimientos, el Anexo de la RG 5922 solicita haber abonado el IVA facturado y restar del saldo técnico favorable en la declaración de IVA el monto solicitado, cumpliendo así con las condiciones correspondientes. Cada solicitud debe ir acompañada de un informe de un contador público independiente, quien debe verificar los comprobantes y su relación con la inversión informada.





